ASESORÍA JURÍDICA A PROPIETARIOS, INQUILINOS , ADMINISTRADORES, CONSEJO DE PROPIETARIOS, CONTRATOS DE ALQUILER, CONSULTAS, CARTAS DOCUMENTO, DEFENSA DEL CONSUMIDOR ASESORAMIENTO, ASISTENCIA A MEDIACIONES, GESTIÓN DE DENUNCIAS, ASESORAMIENTO JURÍDICO, RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL, ASAMBLEAS, REGLAMENTO DE PROPIEDAD HORIZONTAL.
miércoles, 17 de diciembre de 2014
EL LIBRO DE REGISTRO DE FIRMAS EN LA ASAMBLEA
martes, 25 de noviembre de 2014
DONDE CONSEGUIR EL REGLAMENTO DE COPROPIEDAD
Si el reglamento tiene menos de 5 años de haber sido suscripto, el propietario puede solicitarle al Escribano que redactó el reglamento que le facilite una fotocopia, los datos de dicho escribano figuran en el título de propiedad del inmueble.
ASAMBLEA PARA RENOVAR MANDATO DEL ADMINISTRADOR
viernes, 14 de noviembre de 2014
LEY QUE CONTROLA A LOS ADMINISTRADORES
jueves, 13 de noviembre de 2014
EL CONFRONTE NOTARIAL
Es el caso del Confronte Notarial, que al igual que la CD, deben estar redactadas por un letrado para así llenar las formalidades que éstas requieren y así dejar abierta la vía judicial en forma beneficiosa para el interesado. Se usa en el caso de que sean varios copropietarios los que quieran efectuar un mismo reclamo ante la Administración.
El Confronte Notarial es un servicio de comunicación postal de cuyo contenido y remisión da fé un Escribano Público contratado por OCA mediante la protocolización del texto enviado.
Se utiliza en aquellos casos en que se requiere tener certeza de la comunicación, del contenido, del envío, de la fecha de recepción y entrega en el domicilio indicado por el remitente.
El Confronte Notarial consiste en una nota que el cliente remite en original (manuscrita o impresa). Dicha documentación es protocolizada por un Escribano Público contratado por la empresa de Servicios Postales OCA, quien envía el original al destinatario con un comprobante de protocolización y dos acuses de recibo.
El destinatario recibe el envío y firma los acuses. A su regreso un acuse vuelve al remitente con una copia del documento original y otra constancia de protocolización y el segundo acuse se archiva, de por vida, con otra copia de la nota en la escritura pública.
Se completa la solicitud OCA Confronte Notarial, que debe ser cumplimentada correctamente; sin raspaduras ni enmiendas, firmada por el titular que envía la nota; el talón troquelado será la constancia de control del envío.
Dicha solicitud acompañará la documentación original, ya que la prestación de este servicio no requiere de copias adicionales. Su procesamiento, seguimiento y control se realiza por lectura del código de barras impreso en la solicitud.
Finalizada la gestión de entrega se procede a enviar al domicilio del remitente, la constancia de protocolización del escribano interviniente, el acuse de recepción por parte del destinatario y la fotocopia del texto oportunamente remitido.
Puede realizar el seguimiento electrónico con su número de oblea desde la sección Seguimiento de envíos del sitio web de OCA o comunicándose telefónicamente con su Centro de Atención al Cliente.
Esta página es a título informativo, se atiende en entrevista de consulta solo a consorcios de CABA. Para concertar entrevista comunicarse de lunes a domingo de 9 a 20 hs. al 11-5049-8440. Dra. Silvia Marcela Bercovsky, Abogada UBA, CPACF, especialista en Propiedad Horizontal y Auditora Legal.
EL NUEVO SISTEMA DE LIQUIDACION DE EXPENSAS
Así es el nuevo formato de liquidación de Expensas:

domingo, 9 de noviembre de 2014
ALQUILER, PROBLEMAS MAS FRECUENTES
Una vez finalizado el tiempo de contrato y habiendo cumplido con lo pactado en él, el propietario deberá reintegrar el monto de la reserva más el porcentaje del aumento del segundo año del alquiler. Esta obligación surge del Art. 4 de la Ley de Alquileres N° 23.091 que expresa: " Las cantidades entregadas en concepto de fianza o depósito en garantía , deberán serlo en moneda de curso legal. Dichas cantidades serán devueltas reajustadas por los mismos índices utilizados durante el transcurso del contrato al finalizar la locación. "
LA GARANTÍA:
Dado que es muy frecuente el uso de garantías "compradas", es recomendable que el propietario realice la verificación del inmueble que es puesto en garantía asesorandose con un abogado para efectuar las averiguaciones correspondientes en el Registro de la Propiedad Inmueble. También es recomendable el uso de un seguro de caución otorgado por una entidad bancaria o aseguradora que responda ante un posible incumplimiento del pago del alquiler.
viernes, 7 de noviembre de 2014
COMO SE INTIMA AL ADMINISTRADOR?
¿Cuánto tiempo debe tener la intimación y en qué términos debe hacerse?
Depende de cada caso, pero en general se intima por un plazo de 48 horas, la intimación suele ser "bajo apercibimiento de efectuar las acciones legales correspondientes", aunque es recomendable consultar sobre este tema a un abogado, dado que todas las intimaciones no se redactan de la misma manera, y deben ser hechas "a medida" de las necesidades y circunstancias de cada consorcio.
EL COMPROBANTE DE DEPOSITO NO ES RECIBO DE PAGO DE EXPENSAS
El único recibo de pago que tiene carácter cancelatorio de la cuota de expensas es el emitido por el Administrador del consorcio, con su fir...
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La única forma legal de intimar al Administrador es mediante una Carta Documento (CD) o un Confronte Notarial . Las preguntas más frecuent...
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Debido a la gran cantidad de consultas que he recibido por renuncia del administrador por alguna de estas vías creo necesario aclarar algun...



