Los haberes de encargados y personal del consorcio están sujetos a los parámetros fijados en paritarias y a la categoría del personal del edificio de acuerdo a la categoría del edificio en que trabajan.
Los edificios se clasifican en 4 categorías que se establecen de acuerdo a los servicios centrales que posean. Son servicios centrales los siguientes: agua caliente, calefacción, compactador y/o incinerador de residuos, servicio central de gas envasado, desagote cámara séptica, ablandador de agua, salón de usos múltiples, natatorio, gimnasio, saunas, cancha de paddle, cancha de tenis o squash, solárium y lavandería.
Las categorías en que se clasifica un edificio son:
a) 1ra categoría: Con tres o más servicios centrales.
b) 2da categoría: Con dos servicios centrales.
b) 2da categoría: Con dos servicios centrales.
c) 3ra categoría: Con un servicio central.
d) 4ta categoría: Sin servicios centrales.
La supresión de algún servicio central no implica bajar de categoría al trabajador.