Una gran cantidad de consultas se refieren a reclamos por un mal calculo de las expensas .
Esto es referido específicamente al porcentual que el administrador liquida para que cada Unidad Funcional abone mensualmente.
La expensa se calcula por el porcentual que fija el Reglamento de Propiedad (antes llamado Reglamento de Copropiedad y Administración del Consorcio).
La expensa no se fija por el porcentual que figura en el título de propiedad de cada propietario ni por los metros cuadrados que abarca la Unidad Funcional.
Es muy frecuente la consulta sobre un departamento en el mismo edificio que tiene los mismos metros cuadrados, que tiene la misma disposición del consultante, y sin embargo se le liquida un importe menor al del consultante.
El motivo de que haya en un mismo edificio distintos porcentuales para el pago de expensas en Unidades Funcionales idénticas en metros cuadrados, es que el porcentual fijado para cada unidad lo asigna el primer propietario o el la empresa constructora del edificio.
El porcentual fijado en el Reglamento no es en función a la superficie del departamento, sino del valor que el primer propietario o constructor quiso darle .
También hay que tener en cuenta que en muchos casos existen 2 porcentuales: uno para liquidar el pago de expensas y otro para el cálculo ante la eventual destrucción del edificio. Son situaciones distintas y siempre en caso de duda sobre aspectos legales del consorcio es recomendable asesorarse antes de tomar cualquier determinación.
Dra. Silvia Marcela Bercovsky, Abogada UBA, especialista en Propiedad Horizontal.
La página es a título informativo. Solo se atiende en entrevista personal para consorcios de CABA. Para concertar entrevista llamar al 11-5049-8440, de lunes a domingo de 9 a 20 hs.
Esto es referido específicamente al porcentual que el administrador liquida para que cada Unidad Funcional abone mensualmente.
La expensa se calcula por el porcentual que fija el Reglamento de Propiedad (antes llamado Reglamento de Copropiedad y Administración del Consorcio).
La expensa no se fija por el porcentual que figura en el título de propiedad de cada propietario ni por los metros cuadrados que abarca la Unidad Funcional.
Es muy frecuente la consulta sobre un departamento en el mismo edificio que tiene los mismos metros cuadrados, que tiene la misma disposición del consultante, y sin embargo se le liquida un importe menor al del consultante.
El motivo de que haya en un mismo edificio distintos porcentuales para el pago de expensas en Unidades Funcionales idénticas en metros cuadrados, es que el porcentual fijado para cada unidad lo asigna el primer propietario o el la empresa constructora del edificio.
El porcentual fijado en el Reglamento no es en función a la superficie del departamento, sino del valor que el primer propietario o constructor quiso darle .
También hay que tener en cuenta que en muchos casos existen 2 porcentuales: uno para liquidar el pago de expensas y otro para el cálculo ante la eventual destrucción del edificio. Son situaciones distintas y siempre en caso de duda sobre aspectos legales del consorcio es recomendable asesorarse antes de tomar cualquier determinación.
Dra. Silvia Marcela Bercovsky, Abogada UBA, especialista en Propiedad Horizontal.
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