La convocatoria a Asamblea no solo debe seguir los lineamientos del Reglamento del Consorcio. Además, deben reunir por el Código Civil y Comercial y por las leyes de CABA demás requisitos para su legalidad. Entre otras, la convocatoria a asamblea debe enviarse junto con copia del último acta de asamblea realizada, contener términos muy claros, especificar horario de comienzo y finalización estimativo de la misma, etc. Es necesario corroborar estos puntos porque la impugnación de la asamblea realizada sólo podrá efectuarse vía judicial lo cual es mucho más complejo y oneroso que actuar al recibir la convocatoria.
Dra. Silvia Marcela Bercovsky. Abogada especialista en Propiedad Horizontal.
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