Sobre mi:

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Dra. Silvia Marcela Bercovsky, Abogada UBA, CPACF, Especialista en Propiedad Horizontal, Asesoramiento jurídico a Consorcios, Propietarios e Inquilinos y Servicios jurídicos de Auditora Legal en Consorcios.

viernes, 26 de agosto de 2016

IMPUGNACION DE ASAMBLEAS DE CONSORCIO EN CABA

La impugnación  de una Asamblea vía judicial tiene un plazo de 30 días de celebrada la misma. Pasados los 30 días,  la Asamblea quedará firme y no podrá impugnarse. Pero para no tener que llegar al paso judicial, que por nuestro ordenamiento exige varios requisitos previos para ser admitido ya que es considerado el último paso y como una figura en extinción, tiene varios requisitos y no puede ser solicitado por un solo propietario, ya que existen en el ordenamiento local de CABA y en dicho Código alternativas para no llegar a este punto.
Lo más recomendable es que apenas llegue la convocatoria si no se tratan en ella los puntos del orden del día que han sido solicitados en forma verbal o vía mail (no constituyen prueba a los efectos legales para luego poder lograr la impugnación judicial) o que son de interés o urgencia, se haga la consulta a un letrado para lograr la impugnación de la convocatoria, de esta manera no habrá que recurrir a la asamblea judicial, en la que el administrador no es parte y por lo tanto no podrá ser condenado en costas, se evitarán los costos de mover el aparato judicial y se podrá lograr compelir al Administrador a que cumpla con los requisitos legales que debe tener la convocatoria y con los puntos del orden del día que corresponden.

Esta página es a título informativo, se atiende en entrevista de consulta solo a consorcios de CABA. Para concertar entrevista comunicarse de lunes a domingo de 9 a 20 hs. al 11-50498440. Dra. Silvia Marcela Bercovsky, Abogada UBA, CPACF, especialista en Propiedad Horizontal y Auditora Legal.

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