Es muy frecuente que los propietarios concurran a consultarme por el caso de Administradores que no realizan Asamblea y por lo tanto se perpetúan en su función (a veces con el aditamento de que endeudan al consorcio y manifiestan que dejarán su mandato cuando se les abone lo que el consorcio le debe, con lo cual se genera un circulo vicioso en que los propietarios están cada vez mas endeudados, y quedan como rehenes de dicho Administrador).
Hay que tener en cuenta que la situación de un Administrador que no cumple con el Reglamento o con la legislación vigente está en infracción y dejar que pase el tiempo sin asesorarse adecuadamente solo acrecentará una deuda de todos los propietarios del consorcio, por mas que tengan al día sus pagos de expensas. Y dicha deuda en la medida en que no se tomen medidas legales al respecto quedará como consentida al pagar mensualmente las expensas, por lo cual es imperativo asesorarse.
Hay muchas maneras de descubrir si en realidad esa deuda es real, por lo que se recomienda tener en cuenta que el mandato del Administrador no puede ser eterno y mirar detenidamente el resumen mensual de expensas (tengamos en cuenta que una Administración de consorcios es una empresa, no una ONG, y que no hacen caridad.) Por lo tanto el dinero que supuestamente "prestan" lo van a reclamar en algún momento, con intereses, punitorios y por la vía legal haciéndole un juicio al consorcio.
Esta página es a título informativo, se atiende en entrevista de consulta solo a consorcios de CABA. Para concertar entrevista comunicarse de lunes a domingo de 9 a 20 hs. al 11-5049-8440. Dra. Silvia Marcela Bercovsky, Abogada UBA, CPACF, especialista en Propiedad Horizontal y Auditora Legal.
Hay que tener en cuenta que la situación de un Administrador que no cumple con el Reglamento o con la legislación vigente está en infracción y dejar que pase el tiempo sin asesorarse adecuadamente solo acrecentará una deuda de todos los propietarios del consorcio, por mas que tengan al día sus pagos de expensas. Y dicha deuda en la medida en que no se tomen medidas legales al respecto quedará como consentida al pagar mensualmente las expensas, por lo cual es imperativo asesorarse.
Hay muchas maneras de descubrir si en realidad esa deuda es real, por lo que se recomienda tener en cuenta que el mandato del Administrador no puede ser eterno y mirar detenidamente el resumen mensual de expensas (tengamos en cuenta que una Administración de consorcios es una empresa, no una ONG, y que no hacen caridad.) Por lo tanto el dinero que supuestamente "prestan" lo van a reclamar en algún momento, con intereses, punitorios y por la vía legal haciéndole un juicio al consorcio.
Esta página es a título informativo, se atiende en entrevista de consulta solo a consorcios de CABA. Para concertar entrevista comunicarse de lunes a domingo de 9 a 20 hs. al 11-5049-8440. Dra. Silvia Marcela Bercovsky, Abogada UBA, CPACF, especialista en Propiedad Horizontal y Auditora Legal.